Instancia (Origen) : Congreso del Estado de TabascoTipo de Proyecto : Iniciativa
Legislatura : LXActor que presenta : Dip Loc. Cesar Augusto Rojas Rabelo (Tab - PRI)
Tema : FiscalSubtema : General
 
Congreso del Estado
Presentada al pleno
Turno a Comisiones
Dictamen en comisión
Primera Lectura
Dictamen a discusión
Aprobado en pleno
Turnado al ejecutivo estatal
 
Asunto
INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE TABASCO.
Último Estatus
2017-10-19 - Iniciativa turnada a Comisión para dictamen
Objeto
No será facultad de los ayuntamientos realizar el cobro de derechos por licencias, concesiones, permisos o autorización, o bien obligaciones y requisitos que condicionen el ejercicio de actividades comerciales o industriales y de prestación de servicios. Respecto a derechos en materia de protección al ambiente se realizaran los pagos por: Constancia de no alteración al medio ambiente (anual); Manifestación de impacto ambiental (pago único al inicio de la actividad empresarial) Respecto a protección civil se cobrará únicamente la constancia de certificación en medidas de seguridad. Se precisa la tarifa del derecho de piso, el cual solo se pueda cobrar cuando se utilice la vía pública para realizar la actividad comercial. Se proponen tarifas para regular el cobro de derechos para realizar maniobras de carga y descarga reguladas por la ley.
 
DOCUMENTOS ADJUNTOS
FechaDESCRIPCION
 
Seguimiento del Proyecto (Estatus)
FECHAINSTANCIAPRESENTAESTATUSADJUNTO
06/11/2017 C. TabDip Loc. Cesar Augusto Rojas Rabelo (PRI-Tab)Iniciativa turnada a Comisión para dictamen
19/10/2017 C. TabDip Loc. Cesar Augusto Rojas Rabelo (PRI-Tab)Iniciativa turnada a Comisión para dictamen


DETALLE DEL ESTATUS
Fecha : 06/11/2017
Instancia : Congreso del Estado de Tabasco
Presenta : Dip Loc. Cesar Augusto Rojas Rabelo (PRI-Tab)
Tipo de relacion : Proponente
Estatus : Iniciativa turnada a Comisión para dictamen
Turnado A : Comisión de Hacienda y Finanzas (C. Tab)
Objeto : No será facultad de los ayuntamientos realizar el cobro de derechos por licencias, concesiones, permisos o autorización, o bien obligaciones y requisitos que condicionen el ejercicio de actividades comerciales o industriales y de prestación de servicios. Respecto a derechos en materia de protección al ambiente se realizaran los pagos por: Constancia de no alteración al medio ambiente (anual); Manifestación de impacto ambiental (pago único al inicio de la actividad empresarial) Respecto a protección civil se cobrará únicamente la constancia de certificación en medidas de seguridad. Se precisa la tarifa del derecho de piso, el cual solo se pueda cobrar cuando se utilice la vía pública para realizar la actividad comercial. Se proponen tarifas para regular el cobro de derechos para realizar maniobras de carga y descarga reguladas por la ley.